¿Se puede demandar a una empresa y seguir trabajando para ella?
ANTES DE DEMANDAR: 10 preguntas que todo empleado debería plantearseBy Robin Shea on 20.11.15Posted in Demandas colectivas, Discriminación, Empleo a voluntad, Pruebas, Acoso, RepresaliasLa semana pasada hablamos de 20 cosas que un empresario debería plantearse antes de despedir a un empleado. En aras de la equidad, aquí hay 10 cosas que un empleado debe preguntar antes de demandar a un empleador. Debe saber que, en general, no creo que las demandas sean la mejor manera de resolver los problemas. (Soy consciente de que hay excepciones).
2) Si crees que te han discriminado por tu raza, sexo, origen étnico, etc., ¿has comparado el trato que han recibido compañeros de otros orígenes? ¿Conoces los pormenores de sus situaciones? Probablemente no, porque tú eres el empleado y no tienes acceso a toda esa información. Es posible que tuvieran circunstancias atenuantes que no se dieran en tu caso. También es posible que recibieran exactamente el mismo trato que tú, pero no lo sabes porque la información personal sobre tus compañeros es confidencial.
Cómo ganar un pleito contra su empresa
Si tiene entre 15 y 19 empleados Estás cubierto por las leyes que prohíben la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo, la orientación sexual o la identidad de género), origen nacional, discapacidad e información genética (incluidos los antecedentes médicos familiares). También está cubierto por la ley que obliga a los empresarios a ofrecer igual salario por igual trabajo.
Si tiene 20 o más empleados: Está cubierto por las leyes que prohíben la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo), origen nacional, edad (40 años o más), discapacidad e información genética (incluidos los antecedentes médicos familiares). También estás amparado por la ley que obliga a las empresas a ofrecer igual salario por igual trabajo.
No puede discriminar o acosar a solicitantes, empleados o antiguos empleados por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo, la orientación sexual o la identidad de género), origen nacional, edad (40 años o más), discapacidad o información genética (incluidos los antecedentes médicos familiares).
Qué puede esperar si demanda a su empresa
La ley exige que la empresa coloque un cartel en el que se describan las leyes federales que prohíben la discriminación laboral por motivos de raza, color, sexo (incluido el embarazo y las afecciones relacionadas, la orientación sexual o la identidad de género), origen nacional, religión, edad (a partir de los 40 años), igualdad salarial, discapacidad o información genética (incluidos los antecedentes médicos familiares o las pruebas o servicios genéticos) y represalias por presentar una denuncia, oponerse razonablemente a la discriminación o participar en un juicio, investigación o procedimiento por discriminación.
Estos carteles deben colocarse en un lugar visible del lugar de trabajo en el que habitualmente se coloquen los avisos a los solicitantes y a los empleados. Además de colocarlos físicamente, se anima a los empleadores cubiertos a que publiquen el aviso digitalmente en sus sitios web en un lugar bien visible. En la mayoría de los casos, la publicación electrónica complementa el requisito de publicación física. En algunas situaciones (por ejemplo, en el caso de empresas sin sede física o de empleados que teletrabajan o trabajan a distancia y no visitan regularmente el lugar de trabajo de la empresa), puede ser el único medio de publicación.
¿Puedo demandar a mi empresario por trato injusto?
La comunicación eficaz es un componente clave del éxito de un programa de la Ley de Baja Familiar y Médica (FMLA). Las empresas cubiertas deben proporcionar a los empleados ciertos avisos fundamentales sobre la FMLA. Por lo general, una empresa estará cubierta por la FMLA si es una empresa privada con 50 o más empleados, un organismo público o un centro público o privado de enseñanza primaria o secundaria.
Además de exhibir un póster, la empresa cubierta que tenga empleados con derecho a acogerse a la ley también debe proporcionar un aviso general que contenga la misma información que el póster en su manual del empleado (u otro material escrito sobre permisos y prestaciones). Si no existe manual ni material escrito sobre permisos, la empresa debe distribuir este aviso general a los nuevos empleados en el momento de su contratación. Los empresarios pueden cumplir este requisito de notificación general duplicando el texto de la notificación general que figura en el cartel de la FMLA o utilizando otro formato, siempre que la información facilitada incluya, como mínimo, toda la información contenida en el cartel de la FMLA.
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Soy Sebastián, autor de este blog de contenido jurídico y legal. Soy un estudiante de derecho apasionado por conocer el marco legal y los procesos judiciales de mi país. Aquí comparto mi conocimiento y experiencia en temas legales de una manera clara y accesible para todos los lectores.