¿Quién cobra la pensión de viudedad la ex mujer o la mujer actual?

¿Puede una viuda percibir prestaciones de un cónyuge que estaba en situación de incapacidad?

Los pagos mensuales de la anualidad al cónyuge superviviente suelen continuar de por vida a menos que su cónyuge vuelva a contraer matrimonio antes de los 55 años. Si su cónyuge estuvo casado con usted durante al menos 30 años, podrá seguir percibiendo las prestaciones cuando vuelva a contraer matrimonio antes de los 55 años y después del 1 de enero de 1995.

Sólo puede elegir la prestación de supervivencia para su cónyuge actual y/o anterior cuando se jubile, o en función de un hecho causante después de la jubilación. En la solicitud de jubilación encontrará información detallada e instrucciones sobre estas elecciones. Si su matrimonio finaliza después de jubilarse, debe ponerse en contacto con nosotros para comunicarnos que desea elegir una prestación de supervivencia para un ex cónyuge. Le enviaremos la información y los formularios necesarios para determinar si reúne los requisitos y realizar la elección.

En virtud del Sistema de Jubilación de la Administración Pública (CSRS), puede elegir cualquier parte de su anualidad (desde el 55 por ciento de 22,00 $, que da lugar a una anualidad de supervivencia de 1,00 $ al mes, hasta el 55 por ciento de su anualidad no reducida) como base para la prestación de supervivencia pagadera en caso de fallecimiento.

Si fallece mi cónyuge, ¿recibo su seguridad social y la mía?

Pensiones en caso de separación y divorcioLos derechos de pensión de usted y de su cónyuge/pareja civil/conviviente pueden verse afectados por la separación o el divorcio.Si usted o su cónyuge/pareja civil/conviviente llevan algún tiempo en un régimen de pensiones, las pensiones podrían ser una parte muy importante de su patrimonio familiar.Si tiene hijos u otras personas a su cargo, también debería considerar qué ocurriría si usted o su ex cónyuge/ex pareja civil/ex conviviente fallecieran. Los derechos de pensión no pueden repartirse sin una orden judicial: un acuerdo de separación no puede repartir los derechos de pensión. Debe tener en cuenta que usted y las personas a su cargo pueden tener derechos a prestaciones tanto de su propio acuerdo como del acuerdo de su cónyuge/pareja civil/conviviente cualificado.Para más información, consulte las guías de la Autoridad de Pensiones ‘A Brief Guide to the Pension Provisions of the Family Law Acts’ y la ‘Pensions on Separation and Divorce checklist’ disponibles en la sección ‘Checklists and guides’.

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¿Cómo se obtiene la prestación por defunción de 250 dólares de la Seguridad Social?

Si el cónyuge superviviente (o el ex cónyuge a cargo) de un asegurado fallecido ha cumplido 35 años en el momento del fallecimiento de este último o si el matrimonio ha engendrado un hijo, puede solicitar una pensión de viudedad (Witwenpension o Witwerpension).

La pensión de orfandad (Waisenpension) se concede a los hijos hasta la edad de dieciocho años. En el caso de los huérfanos que cursan estudios de formación o universitarios, el derecho se extiende hasta los 27 años. No existe límite de edad para los hijos discapacitados.

En caso de necesidad, se puede conceder un subsidio para gastos de sepelio (Zuschuss zu den Bestattungskosten) si así lo prevén los estatutos de la Caja de Seguros. ¿Qué requisitos debo cumplir? Puede tener derecho a las prestaciones de supervivencia si la persona fallecida tenía un seguro de pensiones y ha cumplido el periodo de carencia. El periodo de carencia es el mismo que el de las prestaciones de invalidez. Esto significa que sólo tendrá derecho a la pensión de supervivencia si el difunto estuvo asegurado durante al menos 60 meses en los últimos 120 meses naturales. Si el difunto ha cumplido 50 años, el periodo de carencia se incrementa en un mes y el periodo de referencia en 2 meses, hasta un máximo de 180 meses de seguro en los últimos 360 meses civiles. Si el fallecido ha cotizado durante al menos 180 meses o ha completado 300 meses de seguro, no se requiere ningún periodo de referencia.¿A qué tengo derecho y cómo puedo solicitarla? Pensión de viudedad

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¿Puede usted cobrar la mitad de la seguridad social de su ex cónyuge y luego su importe íntegro?

Si inicia sus prestaciones antes de tiempo, éstas se reducen de forma permanente. Su prestación se reduce aproximadamente la mitad de un uno por ciento por cada mes que comience a percibir la Seguridad Social antes de cumplir la plena edad de jubilación. Por ejemplo, si su plena edad de jubilación es 67 años y se da de alta en la Seguridad Social con 62 años, sólo percibirá el 70% de su prestación íntegra.

Puede aumentar la cuantía que percibe en un 8% cada año si retrasa el cobro de las prestaciones más allá de su plena edad de jubilación. El incremento se aplica desde la plena edad de jubilación hasta los 70 años. Una vez cumplidos los 70 años, no se aplicarán créditos adicionales por retraso, por lo que debería reclamar definitivamente su prestación para entonces.

Puede tener derecho a una prestación de supervivencia si su cónyuge (o ex cónyuge) fallece y tiene derecho a percibir prestaciones de la Seguridad Social. Para percibir la prestación completa de la Seguridad Social, debe haber alcanzado la plena edad de jubilación (aunque puede percibir prestaciones reducidas a partir de los 60 años, o de los 50 si está incapacitado) y no estar casado (salvo que se haya vuelto a casar después de los 60 años). Si cría a los hijos menores de 16 años de su cónyuge fallecido, puede percibir las prestaciones de supervivencia independientemente de su edad. Estos hijos perciben prestaciones a su nombre a partir de los 16-19 años si no están casados y siguen cursando estudios secundarios.

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